OPERACIONES :
Compra-venta al contado o a plazos de mercaderías, contratos de alquileres comerciales, cereales, oleaginosas, semovientes, productos y subproductos del país, locaciones de obras y de servicios, cesiones y transferencias. Locaciones o sublocaciones de inmuebles destinados a plantas comerciales, industriales o para la prestación de servicios, sus cesiones o transferencias.
Mercaderías y bienes muebles, locación o sublocación de
obras, de servicios y de bienes muebles e inmuebles y demás actos y
contratos:
a) Por las operaciones de compraventa al contado o a plazo de mercaderías (excepto automotores), cereales, oleaginosos, productos o subproductos de la ganadería o agricultura, frutos del país, semovientes, sus depósitos y mandatos; compraventa de títulos, acciones, debentures y obligaciones negociables; locación o sublocación de obras, de servicios y de muebles, sus cesiones o transferencias; locación o sublocación de inmuebles destinados a
plantas comerciales, industriales o para la prestación de servicios, sus cesiones o transferencias; reconocimiento de deudas comerciales; mutuos comerciales; los siguientes actos y contratos
comerciales: depósitos, transporte, mandato, comisión o
consignación, fianza, transferencia de fondos de comercio, de
distribución y agencia, leasing, factoring, franchising, transferencia
de tecnología y derechos industriales, capitalización y ahorro para
fines determinados, suministro.
En todos los casos que preceden,
siempre que sean registrados en Bolsas, Mercados o Cámaras,
constituidas bajo la forma de sociedades; Cooperativas de grado
superior; Mercados a Término y asociaciones civiles; con sede social
en la Provincia, extensiva a través de las mismas a sus entidades
asociadas de grado inferior en la Localidad en que se encuentren los
bienes y mercaderías, se desarrollen las prestaciones o, en los otros
actos y contratos, en el sitio en que se celebren; o en la Localidad
más próxima al lugar en que se verifiquen tales situaciones, y que
reúnan los requisitos y se someta a las obligaciones que establezca
la Autoridad de Aplicación.
REQUISITOS :
Presentar original y una copia del contrato u operación a sellar, dentro de los 15 días hábiles de la fecha de realizada, y pertenecer a una localidad dentro del ámbito de la Pcia. de Bs. As. (Con excepción de la Capital Federal)
ARANCEL:
8,5 por mil para privados
4,75 por mil en contratos e/privados y Organismos Públicos (exentos)
RESPONSABLES: Hilda Etchessar.
Cecilia Etchessar.
HORARIO: Lunes , Miércoles y Viernes de 8.30 a 12.30hs.
Martes y Jueves de 8.30 a 15.30 hs.